SE RESUELVE:
Articulo 1.- RECTIFICAR el error material incurrido en el artículo primero de la Resolución Directoral Nº 183-2016-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-OA, de fecha 15 de julio de 2016, en el extremo que menciona el monto de la penalidad a deducir en los términos siguientes:
DICE:
Artículo Primero: Reconocer como crédito devengado a favor de la empresa CONSTRUCTORA INMOBILIARIA J&J S.A.C., la suma de S/33,072.60 (Treinta y tres mil setenta y dos con 60/100 soles) en el marco del Contrato Nº 025-205- MINAGRI-AGRO RURAL, Contratación del Servicio de Supervisión de la Elaboración del Expediente Técnico del proyecto «Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Riego Pucaccocha, distrito de Huancaray – Andahuaylas – Apurimac»; monto del cual se podrá deducir la suma de S/5, 121.00 (Cinco mil ciento veintiuno con 00/100 soles) por concepto de penalidad por mora.
DEBE DECIR:
Artículo Primero: Reconocer como crédito devengado a favor de la empresa CONSTRUCTORA INMOBILIARIA J&J S.A.C., la suma de S/33,072.60 (Treinta y tres mil setenta y dos con 60/100 soles) en el marco del Contrato Nº 025-205- MINAGRI-AGRO RURAL, Contratación del Servicio de Supervisión de la Elaboración del Expediente Técnico del proyecto «Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Riego Pucaccocha, distrito de Huancaray – Andahuaylas – Apurímac»; monto del cual se podrá deducir la suma de S/5,512.1 O (Cinco mil quinientos doce con 10/100 soles) por concepto de penalidad por mora.