Resolución Directoral Ejecutiva N°147-2017-MINAGRI-DVM-DIAR-AGRO RURAL-DE


SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- MODIFICAR el literal m) y el literal u) del artículo 5.14 de la Directiva General denominada «Lineamientos para la Gestión y Ejecución de Proyectos de Infraestructura de Riego por Administración Directa», que en adelante tendrá la siguiente redacción:

«m) El Residente de Obra con visto bueno del inspector de Obra, presentará a la Dirección o Agencia Zonal, el requerimiento de bienes y/o servicios, para la revisión, evaluación y conformidad del Profesional o Especialista de la Dirección o Agencia Zonal o personal contratado. De ser conforme, dicho Profesional o especialista o personal contratado lo elevará al Director Zonal, para que disponga su adquisición o contratación según sea el caso, de acuerdo a normas vigentes.

Asimismo, siempre que se presenten situaciones de emergencias enmarcados en decretos de urgencia promulgados por el Gobierno Central, los profesionales Especialistas en Infraestructura de Riego (IR) de las Direcciones o Agencias Zonales, por excepción, estarán facultados para realizar los requerimientos de bienes y/o servicios para los proyectos de infraestructura de riego que se encuentren en el ámbito de las emergencias contenidas en los referidos Decretos de Urgencia, en el ámbito territorial de la Dirección Zonal correspondiente, por el tiempo que dure la contratación del Ingeniero Residente de Obra y/o Ingeniero Inspector de Obra»

«u) El Director Zonal, deberá designar dentro del plazo previsto de acuerdo con las normas vigentes, la Comisión de Recepción, Transferencia y Liquidadora de la Obra, para que se recepcione y transfiera la obra a la Junta de Usuarios de riego u otro beneficiario en el mismo acto de recepción; asimismo, elabore el expediente de liquidación técnica – financiera dentro del plazo previsto en las normas vigentes.

Liquidada y entregada la obra, el Especialista de Infraestructura Rural (IR), dentro del plazo de 07 (siete) días, efectuará el cierre del proyecto, para lo cual utilizará los formatos y lo registrará en el Banco de Proyectos del SNIP o invierte. pe, e INFOBRAS».