Resolución Directoral Ejecutiva N°179-2018-MINAGRI-DVM-DIAR-AGRO RURAL-DE


SE RESUELVE:

Artículo Primero.- MODIFICAR con eficacia anticipada al 01 de marzo de 2018, el literal aa) del numeral 6 y el numeral 7.5 de la Directiva General N° 024-2017-MINAGRIDVDIAR- AGRO RURAL-DE denominada «Lineamientos para la Ejecución de Actividades de Encauzamiento o Descolmatación Efectuadas por el Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural — AGRO RURAL», en el extremo de agregar el siguiente enunciado: «Excepcionalmente la Dirección de Infraestructura Agraria y Riego y la Oficina de Administración podrán tramitar el pago de adelantos y valorizaciones a Contratistas por la Sede Central del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural — AGRO RURAL».

Artículo Segundo.- DISPONER que a través de la Oficina de Planificación y Presupuesto se realice la adecuada difusión e inducción de la presente modificación a la Directiva General, en los servidores civiles y colaboradores del Programa de Desarrollo Productivo Agraria Rural — AGRO RURAL involucrados en su cumplimiento y aplicación.

Artículo Tercero.- REMITIR copia de la presente modificación a la Directiva General N° 024-2017-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE denominada «Lineamientos para la Ejecución de Actividades de Encauzamiento o Descolmatación efectuadas por el Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural — AGRO RURAL», a todas las unidades orgánicas del Programa de Desarrollo Productivo Agraria Rural — AGRO RURAL.