SE RESUELVE:
Artículo Primero: Reconocer como crédito devengado a favor del CONSORCIO C & M CONSULTORES GENERALES (integrado por CARLOS ANTONIO CONDEZO SUAREZ, EDILBERTO RENE GUERRA TAQUIA y la empresa ENERGYCONSULT INGENIERIA CONSTRUCTUVA S.A.C.), el monto ascendente a la suma S/ 165,685.25 (Ciento sesenta y cinco mil seiscientos ochenta y cinco con 25/100 soles), correspondiente a la Valorización de Obra N° 02 – mes de noviembre 2016 del Servicio de Consultoría de Obra: “AFIANZAMIENTO HIDRICO EN EL VALLE DEL RIÓ SHULCAS CON FINES AGRÍCOLAS”, en cumplimiento del Contrato N° 089-2016-MINAGRI-AGRO RURAL. Al crédito devengado reconocido deberá de aplicarse el cobro de otras penalidades la suma total de S/ 11,045.68 (Once mil cuarenta y cinco con 68/100 soles). Así como el cobro por concepto de Retención por el monto de S/ 36,818.95 (Treinta y -seis mil ochocientos dieciocho con 95/100 soles) de acuerdo a la Cláusula Octava del Contrato N° 089-2016-MINAGRI-AGRO RURAL, señalado en el Informe N° 920-2017-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL/DE/OA-UAP.