SE RESUELVE:
Artículo Primero: Reconocer como crédito devengado a favor del CONSORCIO INGENIERIA (inmgrado por JUAN ESTEBAN ZAPATA ZULOETA y JULIO CESAR QUIROZ AYASTA), la Entidad tiene la obligación de pagar el monto ascendente a la suma S/140,000.00 (Ciento cuarenta mil con 00/100 soles), correspondiente al Tercer Pago, por el Servicio de Consultaría para la Formulación del Estudio de Pre Inversión a Nivel de Perfil “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA DEL SISTEMA DE RIEGO CRUZ CONGA EN LOS DISTRITOS DE HUASMIN, CELENDIN, JOSE GALVEZ, PROVINCIA DE CELENDIN, DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA”, en cumplimiento del Contrato N° 006-2015-MINAGRI-AGRO RURAL