SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- RECONFORMAR el Comité Evaluador de Documentos del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – Agro Rural, el cual queda conformado de la siguiente manera:
Miembros Permanentes:
Presidente:
Un representante de la Dirección Ejecutiva,
Miembro:
El Jefe de la Oficina de Asesoría Legal o su representante Secretario Técnico;
El Jefe de la Unidad de Abastecimiento y Patrimonio
Miembro No Permanente:
Miembro:
El Jefe de la Unidad Orgánica cuya documentación será evaluada
ARTÍCULO SEGUNDO.- ESTABLECER que los integrantes de Comité Evaluador de Documentos de AGRO RURAL pueden designar a sus representantes, lo que debiese realizarse mediante comunicación dirigida al presidente de dicho Comité.
ARTÍCULO TERCERO.- NOTIFICAR a los integrantes del Comité Evaluador de Documentos del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural — AGRO RURAL, designados en el Artículo Primero, a fin de que desempeñen a sus funciones conforme a la normatividad vigente emitida por el Archivo General de la Nación y otras normas de la materia.
ARTÍCULO CUARTO.- DEJAR sin efecto a partir de la fecha la Resolución Directoral Ejecutiva N’ 117-2013-AG-AGRO RURAL-DE, de fecha 03 de julio de 2013.