Resolución Directoral N°013-2020-MINAGRI-DVM-DIAR-AGRO RURAL-DE/DA


SE RESUELVE:

 


ARTÍCULO PRIMERO.
Declarar IMPROCEDENTE la ampliación excepcional de plazo por ciento cuarenta (140) días calendario solicitado por el Consorcio Riego Ccollpa al amparo de la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo N° 1486 y de la Directiva N° 005-2020-OSCE /CD, por no cumplir con los requisitos formales exigidos por las mismas, DEJANDO a salvo su derecho de solicitar el reconocimiento de costos incurridos por la reanudación de la obra, para lo cual deberá presentar oportunamente la valorización y los documentos que lo sustenten para su evaluación oportuna por las áreas competentes, en base al Principio de Equidad y tomando en cuenta los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

 

ARTÍCULO SEGUNDO. — NOTIFICAR la presente Resolución Directoral al CONSORCIO RIEGO CCOLLPA; a la Dirección de Infraestructura Agraria y Riego y a la Oficina de Asesoría Legal, para su conocimiento y fines correspondientes.