SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. — Declarar IMPROCEDENTE la ampliación excepcional de plazo por ciento cuarenta (140) días calendario solicitado por el Consorcio Riego Ccollpa al amparo de la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo N° 1486 y de la Directiva N° 005-2020-OSCE /CD, por no cumplir con los requisitos formales exigidos por las mismas, DEJANDO a salvo su derecho de solicitar el reconocimiento de costos incurridos por la reanudación de la obra, para lo cual deberá presentar oportunamente la valorización y los documentos que lo sustenten para su evaluación oportuna por las áreas competentes, en base al Principio de Equidad y tomando en cuenta los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO. — NOTIFICAR la presente Resolución Directoral al CONSORCIO RIEGO CCOLLPA; a la Dirección de Infraestructura Agraria y Riego y a la Oficina de Asesoría Legal, para su conocimiento y fines correspondientes.