SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- DELEGAR en la DIRECCIÓN ADJUNTA del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL durante el año fiscal 2019, las siguientes facultades:
a) Gestionar, suscribir y derivar documentos y expedientes internos a remitirse a los órganos de asesoramiento, apoyo, de línea y desconcentrados del Programa de Desarrollo Agrario Rural -AGRO RURAL.
b) Conformar comités, grupos de trabajo y/o similares al interior de la Entidad, así como de, ser el caso, disponer la modificación de su respectiva conformación.
c) Designar y dejar sin efecto la designación de los Fedatarios Institucionales.
d) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo de consultoría y ejecución de obras, así como las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra.
e) Suscribir los contratos y adendas sujetos a las disposiciones reguladas en a Directiva Nº 012-2015-CG/PROCAL «Gestión de Sociedades de Auditoría» aprobada por Resolución de Contraloría Nº 314-2015-CG.
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