SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- Modificar el literal d) del Artículo Primero de la Resolución Directoral Ejecutiva N° 001-2021-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRORURAL-DE de fecha 05 de enero de 2021, cuyo tenor será el siguiente:
“d) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo de ejecución de obras, así como las autorizaciones de prestaciones adicionales y reducciones de obra dentro del ámbito de aplicación del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como dichas solicitudes que se encuentra dentro del ámbito del Programa de Irrigación de Pequeña y Mediana Infraestructura de Riego en la Sierra del Perú – PIPMIRS que deberá observar las condiciones establecidas en la Directiva aplicable (Resolución Directoral Ejecutiva N° 142-2015-MINAGRI-DVDIAR-AGRORURAL-DE).”
Por lo expuesto, el Artículo Primero de la Resolución Directoral Ejecutiva N° 001-2021-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRORURAL-DE de fecha 05 de enero de 2021, en base a la modificación realizada en su literal d), tendrá el siguiente tenor:
“ARTÍCULO PRIMERO. – DELEGAR en el/la DIRECTOR (A) DE LA DIRECCION ADJUNTA del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRORURAL durante el año fiscal 2021, las siguientes facultades:
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