Resolución Directoral Ejecutiva N°056-2011-AG-AGRORURAL-DE


SE RESUELVE:

Articulo 1°.- Modificación.

Modificar el numeral 10) del Item 5.4.3. del Capítulo V.4 DE LA LIQUIDACIÓN DE OBRAS; el ítem 5.6.5 del Capítulo V.6. MECÁNICA OPERATIVA, y el ítem 5.7.5 del Capítulo V.7. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS de la Directiva N°002-2010-AG-AGRO RURAL-DE, denominada «Normas y Procedimientos para la Liquidación de Obras par Administración Directa, Ejecutadas par el ex Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrográficas y Conservación de Suelos – PRONAMACHCS – hasta el aria 2008, en el marco del Proceso de Fusión», quedando redactados de la siguiente manera:

Capitule V.4 DE LA LIQUIDACIÓN DE OBRAS

«5.4.3. Obras ejecutadas del año 1997 hasta el aiio 2005

… 10) Acta de Entrega y Recepción de Obra según Anexo SL-1»

Capitule V.6 MECÁNICA OPERATIVA

«5.6.5. La Dirección Zonal debe remitir a la Dirección Ejecutiva, copia de la Resolución de Aprobación de la Liquidación de Obra, dentro de los primeras quince (15) días calendario del mes siguiente de su emisión. De igual modo a la Oficina de Administración, adjuntando en ambos casas, copia de la Ficha Resumen de la Liquidación Técnica y Financiera según Anexo SL-7»

Capitule V.7. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

«5.7.5. Los Anexos: SL-1; SL-2; SL-3; SL-4; SL-5; SL-6, son parte integrante del Expediente de Liquidación y el Anexo SL-7, parte integrante de la Directiva».