SE RESUELVE:
Articulo 1.- DELEGAR en el Director de la Direccion Zonal Tumbes, Direccion Zonal Piura, Direccion Zonal Lambayeque, Direccion Zonal Lima, Direccion Zonal Huancavelica y Direccion Zonal Arequipa del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL la facultad de realizar contrataciones de bienes y servicios en el marco del Decreto de Urgencia N° 002-2017, que les permitan cumplir con el apoyo, proteccion y asistencia a la poblacion afectada por la ocurrencia de lluvias y peligros asociados, desde la convocatoria hasta la suscripcion de los respectivos contratos e incluso los recursos impugnatorios que pudieran derivarse de estos;. debiendo dar cuenta a la Direccion Ejecutiva dentro de los treinta (30) dias de culminados dichos procesos.