SE RESUELVE:
Artículo 1.- DECLARAR LA NULIDAD DE OFICIO del Procedimiento de Contratación Especial PEC N.° 002-2020-DZ LIMA-1: CONSULTORÍA DE OBRA ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO DENOMINADO: REHABILITACIÓN DE ESTRUCTURAS HIDRÁULICAS, EN LOS DISTRITOS DE COCHAMARCA,E IHUARI, EN LAS PROVINCIAS DE OYÓN Y HUARAL, DEPARTAMENTO DE LIMA por la causal establecida en el numeral 44.2° del artículo 44° del Texto Único Ordenado de la Ley No.30225, Ley de Contrataciones del Estado; es decir, por haber contravenido las normas legales, en el presente caso, el artículo 29° del Reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios aprobado por Decreto Supremo N.°071-2Ó18-PCM y el literal c)del artículo 2 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado, Ley No. 30225, que recoge el principio de transparencia; y, retrotraer el orocedimiento de selección hasta la fase de actos preparatorios (elaboración de bases).
Artículo 2.- DISPONER que la Oficina de Administración publique la presente Resolución Directoral Ejecutiva en el Sistema Electrónico de Adjudicaciones y Contrataciones del
Estado -SEACE,y demás acciones que corresponda.