Resolución Directoral Ejecutiva N°158-2019-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE


SE RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- DELEGAR a las DIRECCIONES ZONALES DE ANCASH, AREQUIPA, HUANCAVELICA, LAMBAYEQUE, LIMA PIURA, TUMBES Y LA LIBERTAD del Programa de
Desarrollo Productivo Agrario Rural — AGRO RURAL, en el ámbito geográfico de las unidades orgánicas a su cargo durante el año fiscal 2019, sobre la base de los considerando expuestos en la
presente Resolución, con la finalidad que puedan mejorar, rehabilitar y reconstruir la infraestructura encomendada para su realización a nuestra entidad, en consecuencia podrán dentro del marco de la Ley N° 30556, su Reglamento y modificatorias:
a) Difundir las expresiones de interés de las necesidades de contratación;
b) Aprobar los expedientes de contratación;
c) Aprobar las Bases del Procedimiento de Contratación Pública Especial a la que se refiere la normativa señalada;
d) Aprobar la designación del Comité de Selección en los procesos a convocar;
e) Resolver los recursos de apelación que sean presentados antes de la suscripción del contrato, según sea el caso;
f) Suscribir los contratos que deriven de los procesos de selección que se convoquen dentro dela normativa acotada y la ejecución contractual de los mismos;
g) Las demás funciones que deriven del Procedimiento de Contratación Pública Especial establecido en la Ley N° 30556, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 071-2018-PCM;
h) Aprobar los expedientes técnicos en el marco de los Procedimientos Especiales deContratación para la Reconstrucción con Cambios contenidos en la Ley N° 30556, su Reglamento y modificatorias;

ARTICULO SEGUNDO.- DISPONER que la delegación prevista por la presente resolución es indelegable.