Resolución Directoral Ejecutiva N°182-2018-MINAGRI-DVM-DIAR-AGRO RURAL-DE


SE RESUELVE:

Artículo Primero.- RECTIFICAR el error material incurrido en el artículo primero de la Resolución Directoral Ejecutiva N° 086-2017-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE de fecha 07 de marzo de 2017, en los siguientes términos:

DICE:

Artículo Primero.- Aprobar la Liquidación Final del Contrato N° 003-2016-MINAGRI AGRO RURAL-PIPMIRS para la ejecución de la obra: «MEJORAMIENTO CANALES LATERALES DE RIEGO CIMIRM, EN EL DISTRITO DE SAN LORENZO, PROVINCIA DE JAUJA, DEPARTAMENTO JUNÍN», a cargo de Arpo Empresa Constructora S.A. con un costo final de obra ascendente a S/2’660,091.89 incluido el IGV, con saldo a favor del Contratista por la suma de S/55,368.84 incluido el I.G.V. por las razones expuestas en la presente Resolución y conforme al Anexo N° 01 de Liquidación Final de Obra, que forma parte integrante de la misma.

DEBE DECIR:

«Artículo Primero.- Aprobar la Liquidación Final del Contrato N° 003-2016- MINAGRI-AGRO RURAL-PIPMIRS para la ejecución de la obra: «MEJORAMIENTO CANALES LATERALES DE RIEGO CIMIRM, EN EL DISTRITO DE SAN LORENZO, PROVINCIA DE JAUJA, DEPARTAMENTO JUNÍN», a cargo de Arpo Empresa Constructora S.A. con un costo final de obra ascendente a S/2’660,091.89 incluido el IGV, con saldo a favor del Contratista por la suma de S/104,830.44 incluido el I.G.V. por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución y conforme al Anexo N° 01 de Liquidación Final de Obra, que forma parte integrante de la misma»;

«Artículo Segundo.- Dejar subsistentes los demás extremos de la Resolución Directoral Ejecutiva N° 086-2017-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE de fecha 07 de marzo de 2017.

Artículo Tercero.- Disponer la notificación de la presente Resolución Directoral Ejecutiva al contratista ARPO EMPRESA CONSTRUCTORA S.A. y la Dirección de Infraestructura Agraria y Riego.