Resolución Directoral Ejecutiva N°192-2015-MINAGRI-DVM-DIAR-AGRO RURAL-DE


SE RESUELVE:

ARTÍCULO 1.- DECLARAR IMPROCEDENTE la ejecución de prestación Adicional de Obra N° 02 y Deductivo Vinculante de Obra N° 2 (denominado erróneamente Adicional y Deductivo Vinculante N° 01), en el marco del Contrato N° 188-2014-MINAGRI-AGRO RURAL, Contrato de ejecución de la obra 01: «MEJORAMIENTO DEL CANAL DE IRRIGACIÓN CASHAPAMPA — SHUYO — HUARIPAMPA, DISTRITO DE SANTA CRUZ — HUAYLAS – ANCASH», por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.