SE RESUELVE:
Artículo 1.- DECLARAR LA NULIDAD DE OFICIO del Procedimiento de Selección Adjudicación Simplificada N° 014-2019-DZCUSCO por la causal establecida en el numeral 44.2° del artículo 44° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225 -Ley de Contrataciones del Estado-, es decir: por haber prescindido de las normas esenciales del procedimiento, al haberse
verificado que se realizó la integración de las bases respectivas en condiciones distintas a las primigenias, sin que para ello se hayan presentado consultas y/u observaciones; por lo que se
deberá retrotraer el procedimiento de selección hasta la etapa de integración de las bases.
Articulo 2.-DECLARAR LA NULIDAD DE OFICIO del Procedimiento de Selección Adjudicación Simplificada N° 015-2019-DZCUSCO por la causal establecida en el numeral 44.2°
del artículo 44° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225 -Ley de Contrataciones del Estado-, es decir: por haber prescindido de las normas esenciales del procedimiento, al haberse
verificado que se realizó la integración de las bases respectivas en condiciones distintas a las primigenias, sin que para ello se hayan presentado consultas y/u observaciones; por lo que se
deberá retrotraer el procedimiento de selección hasta la etapa de integración de las bases.