Resolución Directoral Ejecutiva N°250-2019-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE


SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.- DELEGAR A LA SUB DIRECCIÓN DE LA UNIDAD DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS DE AGRORURAL las funciones correspondientes a la Oficina de Integridad Institucional previstas en el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 010-2017-JUS que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1327 que establece medidas de protección al denunciante de actos de corrupción y sanciona las denuncias realizadas de mala fe, así como las establecidas en los artículos 6 y 7 del Decreto Supremo N° 138-2019-PCM, siendo éstas:

 


• Recibir las denuncias sobre actos de corrupción que realicen los denunciantes y que contengan una solicitud de protección al denunciante.


• Evaluar los hechos y documentos que sustentan las denuncias sobre actos de corrupción; y, en tal sentido, disponer la aplicación de las medidas de protección al denunciante o testigos, según corresponda.


• Evaluar si la denuncia presentada es maliciosa y disponer las medidas correspondientes. 

• Trasladar la denuncia y los documentos que la sustentan a la Secretaría Técnica encargada de pre-calificar las presuntas faltas disciplinarias de la entidad o al Procurador Público de ameritarlo.


• Coordinar con la Oficina de Recursos Humanos de la entidad a la que pertenece el 
contenido de las capacitaciones de personal en materias relacionadas a la probidad en el ejercicio de la función pública.

• Participar y conducir el proceso que conlleva a la aprobación del plan anticorrupción de su entidad, así como hacer seguimiento a su cumplimiento.


• Identificar a los sujetos obligados a presentar la Declaración Jurada de Intereses y reportarlos a través de la plataforma creada para ello (https://dji.pide.gob.pe)


• Cumplir con la presentación de la Declaración Jurada de Intereses e informar semestralmente a la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros.

 


ARTICULO SEGUNDO.- DISPONER que la delegación prevista por la presente resolución es indelegable.


ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER que la Sub Dirección de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos REMITA A LA DIRECCIÓN EJECUTIVA una copia de todas las actuaciones materia de delegación que efectúe, dentro del tercer día calendario de ocurridas, bajo responsabilidad.


ARTÍCULO CUARTO.- ESTABLECER que las facultades delegadas con el presente acto resolutivo, se efectúan sin perjuicio del avocamiento que para determinados actos los realice la Dirección Ejecutiva en su calidad de Titular del Programa.