Resolución Directoral Ejecutiva N°257-2018-MINAGRI-DVM-DIAR-AGRO RURAL-DE


SE RESUELVE:

Artículo 1.- Rectificar el artículo 1 de la Resolución Directoral Ejecutiva N° 166-2018- MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL–DE, conforme se detalla a continuación:

DICE: «Artículo Primero.- DECLARAR de oficio la nulidad del Contrato N’ 62-2018- MINAGRI-AGRORURAL, para la ejecución de la Obra: «INSTALACIÓN DE SISTEMA DE RIEGO POR ‘GRAVEDAD EN LOS CASERÍOS DE VISTA ALEGRE, VENTANILLA, EL ROBLE Y PAN DE AZÚCAR, DISTRITO DE PULAN SANTA
CRUZ — CAJAMARCA, CODIGO SNIP 272382»
, de conformidad con lo establecido en el literal b) del numeral 44.2 del artículo 44 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Ley N’ 30225, modificada por el Decreto Legislativo N’ 1341, y por consiguiente, el Proceso de Licitación Pública 20-2017-MINGARI AGRO RURAL carece de validez».

DEBE DECIR: «Artículo Primero.- «DECLARAR de oficio la nulidad del Contrato N° 62-2018-MINAGRI-AGRO RURAL, para la ejecución de la Obra: «INSTALACIÓN DE SISTEMA DE RIEGO POR GRAVEDAD EN LOS CASERÍOS DE VISTA ALEGRE, VENTANILLA, EL ROBLE Y PAN DE AZÚCAR, DISTRITO DE PULAN SANTA CRUZ — CAJAMARCA, CODIGO SNIP 272382», de conformidad con lo establecido en el literal b) del numeral 44.2 del articulo 44 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Ley N» 30225, modificada por el Decreto Legislativo N’ 1341″.

Artículo 2.- DEJAR subsistente en lo demás que contiene la Resolución Directoral Ejecutiva N° 166-2018-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL–DE.