Resolución Directoral Ejecutiva N°261-2015-MINAGRI-DVM-DIAR-AGRO RURAL-DE


SE RESUELVE:

ARTÍCULO 1.- DECLARAR IMPROCEDENTE, la ejecución expediente de Adicional de Obra y Deductivo Vinculante N° 01, solicitado por el CONSORCIO SAN ANDRES, al contrato de ejecución de obra 1. «INSTALACION DEL SERVICIO DE RIEGO DEL CANAL CERRO AZUL — DISTRITO DE SARIN — SÁNCHEZ CARRIÓN — LA LIBERTAD«, en el marco del contrato N° 021-2014-MINAGRI-AGRO RURAL, por las fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.