Resolución Directoral Ejecutiva N°291-2018-MINAGRI-DVM-DIAR-AGRO RURAL-DE


SE RESUELVE:

Artículo 1.- DECLARAR de oficio la nulidad del acto de Calificación de Ofertas, así como los actos posteriores emitidos en el procedimiento de selección Licitación Pública N° 18-2017-MINAGRI-AGRO RURAL-Primera Convocatoria, destinados a la ejecución de la Obra: «MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE AGUA PARA RIEGO DE LA MICROCUENCA MIJAL EN LOS CASERIOS LÚCUMOS, PORTACHUELOS, SANCHEZ CERRO, JUAN VELASCO, CARPINTEROS, EL NARANJO, BOLOGNESI, DISTRITO DE CHALACO — MORROPON – PIURA», y, por su efecto, retrotraer el procedimiento de selección ala etapa de Calificación de Ofertas, por los fundamentos apuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2.- COMUNICAR la presente resolución a la Oficina de Administración y a la Unidad de Abastecimiento y Patrimonio, para su publicación en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE, y demás acciones pertinentes.

Artículo 3.- DISPONER que la Oficina de Administración remita copia de la presente Resolución y de los respectivos antecedentes administrativos a la Unidad de Gestión de Recursos Humanos a fin que sea derivado a la Secretaría Técnica de los Órganos Instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural-AGRO RURAL, a fin de que se adopten las acciones necesarias a efectos de determinar la responsabilidad a que hubiere lugar, de ser el caso, por la declaración de nulidad a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución.