Resolución Directoral Ejecutiva N°393-2018-MINAGRI-DVM-DIAR-AGRO RURAL-DE


SE RESUELVE:

Artículo 1.- DELEGAR en el Director de la Dirección Zonal La Libertad del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural — AGRO RURAL, durante el ejercicio 2018, las facultades de:

a) Aprobar los Expedientes de. Contratación que la dependencia a su cargo elabore para la contratación de bienes, servicios en general y servicios de consultoría que correspondan a procedimientos de selección de Adjudicación Simplificada y de Subasta Inversa Electrónica (hasta el tope del procedimiento de selección Adjudicación Simplificada).

b) Designar y reconformar a los integrantes de los Comités de Selección de los procedimientos de selección de Adjudicación Simplificada y de Subasta Inversa Electrónica (hasta el tope del procedimiento de selección Adjudicación Simplificada), para la contratación de bienes, servicios en general y servicios de consultoría a su cargo.

c) Aprobar las Bases Administrativas elaboradas por el Comité de Selección designado, que correspondan a los procedimientos de selección de Adjudicación Simplificada y de Subasta Inversa Electrónica (hasta el tope del procedimiento de selección Adjudicación Simplificada), para la contratación de bienes, servicios en general y servicios de consultoría, dentro de los parámetros establecidos en los literales precedentes.

d) Suscribir y modificar los contratos y sus adendas, derivados de procedimientos de selección de Adjudicación Simplificada y de Subasta Inversa Electrónica (hasta el tope del procedimiento de selección Adjudicación Simplificada), relativos a adquisición de bienes, contratación de servicios en general y servicios de consultoría, tomando en cuenta lo establecido en la normativa de contrataciones. La modificación de los contratos
se perfeccionaran de acuerdo a lo establecido en el artículo 34-A de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, modificada mediante Decreto Legislativo N° 1341, siempre y cuando no implique la variación del precio.

e) Suscribir contratos complementarios derivados de procedimientos de selección de Adjudicación Simplificada y de Subasta Inversa Electrónica (hasta el tope del procedimiento de selección Adjudicación Simplificada), relativos a adquisición de bienes, contratación de servicios en general, tomando en cuenta lo establecido en la normativa de contrataciones.

Artículo 2.- Disponer que las delegaciones previstas por la presente Resolución son indelegables, y comprende la facultad de decidir y resolver dentro de las limitaciones establecidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en los casos que corresponda, más no exime de la obligación de cumplir con los requisitos y disposiciones legales vigentes establecidas para casa caso.

Artículo 3.- Disponer que el Director Zonal La Libertad del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural — AGRO RURAL, haga uso de la delegación de facultades otorgadas mediante la presente resolución, remita copia de los contratos, sus modificaciones y adendas bajo responsabilidad, a la Dirección Adjunta y a la Oficina de Administración, dentro de los cinco (5) días de haberse suscrito dichos documentos.

Asimismo, el Director de la Dirección Zonal La Libertad del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural — AGRO RURAL será responsable de registrar oportunamente en el Sistema Electrónico de Contrataciones — SEACE todas las actuaciones relacionadas a los procedimientos de selección de Adjudicación Simplificada y de Subasta Inversa Electrónica (hasta el tope del procedimiento de selección Adjudicación Simplificada) que realicen, incluidos los contratos y su ejecución, así como todas las órdenes de compra y servicios que emitan; según se ha establecido en la normativa de contrataciones.