SE RESUELVE:
Artículo 1.- DECLARAR DE OFICIO LA PRESCRIPCIÓN del plazo para el inicio del procedimiento administrativo disciplinario, en virtud a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion, respecto a los expedientes que se detallan a continuación.
Artículo 2.- DECLARAR DE OFICIO A LA PRESCRIPCION DEL PLAZO del plazo para el inicio del procedimiento administrativo disciplinario, en virtud a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución a los expedientes que se detallan a continuación: …
Artículo 3.- DECLARAR DE OFICIO LA PRESCRIPCION del plazo para el inicio del procedimiento administrativo disciplinario en aplicaicon del Principio de Irretroactividad, en virtud a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la pesente Resolución, respecto a los expedientes que se detallan a continuación.